Paciente 

En nuestra institución nos comprometemos a velar por el cumplimiento de los derechos de cada uno de nuestros pacientes; así como también invitamos a cada uno de ellos a responsabilizarse en el cumplimiento de sus deberes, esto con el propósito de promover la sana convivencia y garantizar su seguridad.

Conoce los deberes y derechos que tienes como paciente

Deberes (Ley 1751 de 2015)

1. Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
2. Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención.
3. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
4. Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud.
5. Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas, así como los recursos del sistema.
6. Cumplir las normas del sistema de salud.
7. Suministrar de manera oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos del servicio
8. Actuar de buena fe frente al sistema de salud para descartar un cáncer.

Derechos (Ley 1751 de 2015)

1. Acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una unión integral, oportuna y de alta calidad.
2. A Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
3. A obtener información completa por parte del profesional de la salud tratante para tomar decisiones voluntarias respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de estos. 
4. A recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley. 
5. A recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones que tengan sobre los procedimientos.
6. A que la historia clínica se trate de manera confidencial y solo podrá ser conocida por terceros, con autorización del paciente o en los casos previstos en la ley. podrá consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de esta.
7. A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer.
8. A la provisión y acceso oportuno a las tecnologías y a los medicamentos requeridos.
9.  A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
10. A la privacidad y al manejo confidencial de la información. el acceso a terceros de la información se hará en los eventos autorizados por la ley.
11. A recibir información sobre los canales para presentar las reclamaciones, quejas, sugerencias y comunicarse con la administración de las instituciones, así como recibir una respuesta por escrito.
12. A solicitar y recibir explicaciones o rendición de cuentas acerca de los costos por los tratamientos de salud recibidos
13. A no ser sometidos en ningún caso a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, obligados a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.
14. A que no se le trasladen las cargas administrativas y burocráticas que les corresponde servicio; asumir a los encargados o intervinientes en la prestación del servicio.
15. Agotar las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad